Reflexiones sobre las adicciones en la publicidad institucional de la administración pública: la personalización oblicua a la elección tendenciosa de los vehículos de irradiación
DOI:
https://doi.org/10.12662/2447-6641oj.v18i28.p257-275.2020Palabras clave:
Publicidad Estatal, Personalización oblicua del administrador público, Criterios técnicos para la elección de los medios de comunicación, Abuso de poder, Acto de improbidad administrativaResumen
El artículo aborda la publicidad del Estado, sus límites constitucionales y las características que debe cumplir el material publicitario para no convertirse en una personalización oblicua del administrador público y el consiguiente acto de improbabilidad administrativa. Esta investigación busca parámetros de la legislación española sobre publicidad estatal, cuyas premisas demuestran ser compatibles con el régimen legal brasileño. Se señala, en este estudio, la obediencia obligatoria a los criterios técnicos para la elección de los medios de comunicación contratados para difundir campañas públicas, que deben ignorar cualquier valoración política o ideológica, respaldada por los precedentes de la Corte Suprema española, evitando el abuso del poder y la responsabilidad correspondiente.
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