O efeito repristinatório no controle difuso de constitucionalidade e a vedação de decisões surpresa
DOI:
https://doi.org/10.12662/2447-6641oj.v15i20.p231-254.2017Palabras clave:
Ato inconstitucional, Nulidade, Efeito repristinatório, Controle difuso e contraditórioResumen
O ato normativo inconstitucional é nulo. Quando é declarada a inconstitucionalidade de um ato normativo, os atos revogados por aquele serão automaticamente restabelecidos, já que não revogados validamente. Esta é a essência do chamado efeito repristinatório, que não se confunde, apesar da similitude semântica, com a repristinação. O efeito repristinatório será aplicado de forma automática na declaração de inconstitucionalidade de ato normativo. Ocorre no controle de constitucionalidade em geral, resta saber se, no controle difuso, deverá ser adotada a cautela de ser observado o contraditório a respeito, especialmente por força dos artigos 9º e 10 do Código de Processo Civil atual.
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