¿INDEPENDENCIA JUDICIAL SEGÚN LOS JUECES CONSTITUCIONALES? UN ANÁLISIS CONCEPTUAL A PARTIR DE LAS DECISIONES DEL SUPREMO TRIBUNAL FEDERAL DE BRASIL Y DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA
DOI:
https://doi.org/10.12662/2447-6641oj.v19i32.p228-266.2021Palavras-chave:
Independencia judicial, Autonomía de los jueces, Tibunales constitucionales, Derechos sociales, Poder judicialResumo
Objetivo: El presente artículo tiene por objetivo analizar la manera y la forma como el Supremo Tribunal Federal de Brasil y la Corte Constitucional de Colombia definen, caracterizan o fundamentan la independencia judicial.
Metodología: Se utiliza una metodología deductiva, descriptiva y comparada, conjugada con una técnica de investigación empírica jurisprudencial y de documentación indirecta doctrinaria y normativa.
Resultados: Se concluye que: (1) Aunque existen elementos comunes, persiste una preocupación sobre la competencia atribuida por parte de los tribunales constitucionales en la definición y el entendimiento de la independencia judicial, siendo saludable que se someta su entendimiento a la Constitución y la ley, pues el juez en su condición humana es falible; (2) Más allá de entender la imparcialidad, la objetividad y de considerar la deliberación, la participación directa de los ciudadanos en el proceso de decisión, así como otros instrumentos, puede ser una idea sana y racional para mitigar el excesivo poder judicial; (3) El destinatario de la garantía de la independencia es la sociedad, pero no solo el que tiene acceso y conocimiento a la justicia, sino todos en condiciones de igualdad; (4) Superándose la posición de la supremacía del poder judicial, la teoría del principio negativo de Sieyès sobre le pouvoir constituant, brinda un análisis al fomento de un constitucionalismo que permite a las otras ramas electas del gobierno tomar y ejecutar sus propias decisiones.
Contribuciones: El artículo profundiza sobre la morfología de la independencia judicial. Si bien usualmente se identifica como un principio genérico, no por eso menos fundamental del Estado Social de Derecho, la investigación contribuye al sumergirse en la profundidad de su implicancia como principio, el sentido y las fuentes de su invocación genérica, sus presupuestos teóricos, sus perspectivas, la legitimidad de sus destinatarios y titulares. En general, sobre los límites, las formas y las estructuras, más aún cuando son los propios tribunales constitucionales quienes lo invocan, particularmente la Corte Constitucional de Colombia y el Supremo Tribunal Federal de Brasil.
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