LA SOJA ANTE EMPRESAS RURALES SOSTENIBLES: LA BALIZACIÓN AMBIENTAL CONSTITUCIONAL DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA SOJA EN EL DERECHO BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.12662/2447-6641oj.v19i30.p175-195.2021Palabras clave:
Soja, Empresas Rurales Sostenibles, Derecho Comercial Ambiental, Derecho ambiental constitucionalResumen
Objetivo: El objetivo de este artículo fue analizar el marco normativo para las actividades económicas relacionadas con la soja en el ámbito del sistema normativo brasileño, con énfasis en lo que determina el derecho ambiental constitucional, como principal producto exportado por Brasil y merecedor de gran protagonismo en la economía actual. Nuestro país.
Metodología: La investigación se estructuró y se llevó a cabo mediante el método hermenéutico, mediante el relevamiento de los trabajos doctrinales elaborados por académicos especializados que trabajan en el ámbito de la materia investigada y el análisis jurídico vinculado al derecho ambiental constitucional así como a las normas infraconstitucionales todo con el objetivo ajustar adecuadamente el marco de la temática a la vista de nuestro ordenamiento jurídico actual.
Resultados: Queda claramente demostrado que para que las actividades económicas subordinadas a la soja desarrollen legalmente sus funciones sujetas al uso del recurso ambiental mencionado, deben cumplir con la legislación ambiental constitucional sobre el tema.
Contribuciones: La principal contribución de este estudio fue indicar que dichas actividades económicas de gran relevancia para la economía brasileña sólo pueden desarrollar legalmente sus negocios en vista de su necesario cumplimiento de nuestro ordenamiento jurídico ambiental vigente, observando en particular las normas específicas de derecho. impacto ambiental constitucional (particularmente arts. 225, 225, § 1, IV y 225, § 3 de la Constitución) así como los aspectos estructurales de la causa que genera obligaciones ambientales (obligaciones de hacer o no hacer sujeto a los principios de prevención y quien contamina paga).
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